Entre la ética y la política se libra una batalla silenciosa: ¿puede la justicia mantenerse imparcial frente a quienes Occidente considera enemigos? La defensa de figuras controversiales, desde Nicolás Maduro hasta Julian Assange, revela la tensión entre derechos humanos universales y la presión geopolítica. ¿Es posible que el Estado de Derecho proteja a todos por igual? ¿O la parcialidad ideológica siempre termina imponiéndose?


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📷 Imagen generada por Mai-Image-1 para El Candelabro. © DR

La Ceguera de la Justicia y la Defensa de los Enemigos de Occidente


En el imaginario colectivo occidental, la justicia se representa como una figura ciega que pesa las pruebas con imparcialidad, sin atender a la identidad, el estatus o las convicciones del acusado. Sin embargo, esta idealización tropieza con la realidad política cuando el acusado es percibido como un enemigo declarado del orden liberal democrático. El caso hipotético de Barry Pollack —abogado estadounidense especializado en causas consideradas imposibles— al asumir la defensa de Nicolás Maduro en Nueva York, plantea una cuestión fundamental: ¿debe la justicia ser verdaderamente ciega incluso frente a quienes Occidente considera sus adversarios ideológicos? Esta interrogante no solo atañe al derecho procesal, sino también a los principios morales, históricos y filosóficos que sustentan el Estado de Derecho.

La tradición jurídica occidental, desde los orígenes del derecho romano hasta los cimientos del common law anglosajón, ha sostenido que todo individuo merece defensa, sin distinción. El derecho a un juicio justo no es un privilegio concedido a los aliados políticos, sino una garantía constitucional que protege incluso a los más impopulares. En este sentido, abogados como Barry Pollack encarnan una función esencial: la de garantizar que el sistema no se corrompa por el apetito popular de castigo. Defender a figuras como Julian Assange o, en este supuesto, a Nicolás Maduro, no implica una adhesión ideológica, sino un compromiso con los principios del debido proceso. La ceguera de la justicia no es una metáfora decorativa, sino un requisito operativo.

La figura del defensor de enemigos públicos ha existido desde la antigüedad. En la Roma republicana, Cicerón defendió a Catilina, pese a considerarlo una amenaza para la república. En el siglo XX, abogados como Thurgood Marshall defendieron a acusados en contextos raciales y políticos hostiles, sentando precedentes que hoy son pilares del derecho constitucional estadounidense. Pollack, en este marco, no representa una anomalía, sino una continuidad histórica. Su especialización en casos de seguridad nacional revela una comprensión profunda de los mecanismos legales que los Estados utilizan para neutralizar a sus adversarios. Su éxito en el caso Assange demostró que incluso en el ámbito más opaco del derecho —la seguridad nacional— pueden existir fisuras legítimas que un abogado preparado puede explotar.

El caso de Nicolás Maduro plantea tensiones adicionales. Acusado por Estados Unidos de narcoterrorismo y corrupción, su figura ha sido demonizada en los medios occidentales como el arquetipo del dictador autoritario. Sin embargo, esta narrativa dominante no invalida el deber procesal de garantizarle los mismos derechos que a cualquier otro acusado. Negarle una defensa robusta no solo vulnera los principios del derecho internacional, sino que también erosiona la legitimidad misma del sistema judicial estadounidense. La justicia no puede permitirse el lujo de ser selectiva, pues en el momento en que se convierte en instrumento de venganza ideológica, deja de ser justicia para transformarse en poder punitivo sin frenos.

La defensa de causas consideradas “tóxicas” no es una provocación ética, sino una necesidad funcional dentro de cualquier democracia madura. Los sistemas legales dependen de la tensión entre acusación y defensa para alcanzar equilibrio. Si los abogados se niegan a representar a ciertos acusados por temor a represalias sociales o políticas, el sistema se desequilibra peligrosamente. Barry Pollack, al aceptar el encargo de Maduro, actúa como contrapeso simbólico y real frente al poder del Estado. En este sentido, su labor no solo defiende a un individuo, sino al propio principio del Estado de Derecho. El valor de un sistema judicial no se mide por cómo trata a los ciudadanos obedientes, sino por cómo protege a los más odiados.

Históricamente, la persecución judicial de líderes extranjeros ha sido una herramienta de la política exterior estadounidense. Desde Manuel Noriega hasta Slobodan Milošević, pasando por Saddam Hussein, la justicia ha sido utilizada como prolongación de la diplomacia coercitiva. Sin embargo, estos precedentes no justifican la normalización de procesos políticos disfrazados de juicios penales. La defensa efectiva en estos casos no busca necesariamente la absolución, sino la exposición de irregularidades, abusos de poder o violaciones al derecho internacional. En el caso hipotético de Maduro, Pollack podría desafiar la jurisdicción extraterritorial de Estados Unidos, la legalidad de las acusaciones o la falta de evidencia sólida, aspectos que, aunque ignorados en la narrativa mediática, son cruciales para la integridad del proceso.

Más allá del aspecto legal, la defensa de figuras como Maduro plantea una pregunta filosófica sobre la universalidad de los derechos humanos. Si Occidente proclama que los derechos son inherentes a la condición humana, no puede reservarlos solo para sus aliados. La coherencia moral exige que incluso los enemigos ideológicos sean tratados conforme a esos mismos estándares. Por paradójico que parezca, proteger a un adversario del poder absoluto del Estado refuerza el compromiso con el orden liberal. Renunciar a ese principio por conveniencia política equivale a admitir que los derechos humanos son relativos, condicionados por la geopolítica. En ese escenario, Occidente pierde no solo su superioridad moral, sino también su capacidad de juzgar a otros.

Además, la figura de Pollack ilumina el rol del abogado como guardián del sistema, no como defensor de personas. Su fama no proviene de simpatizar con sus clientes, sino de comprender que la ley debe aplicarse con igualdad, incluso cuando el acusado es aborrecido. Este enfoque profesional es esencial para evitar la judicialización de la política, fenómeno que ha socavado regímenes democráticos en múltiples latitudes. La historia enseña que los regímenes autoritarios comienzan no con la eliminación de leyes, sino con su aplicación selectiva. Por ello, la labor de abogados como Pollack es, en última instancia, una forma de preservar la democracia desde dentro.

En el contexto hispanoamericano, la defensa legal de líderes perseguidos ha tenido una larga tradición, desde Simón Bolívar, defendido por juristas en sus conflictos con potencias europeas, hasta figuras contemporáneas como Evo Morales, cuya asilación diplomática en México fue respaldada por principios de derecho internacional. La historia hispana, rica en ejemplos de resistencia legal frente al poder imperial, ofrece un contrapunto valioso a la narrativa unipolar que domina el discurso jurídico global. Al recordar estos precedentes, se refuerza la idea de que la justicia no debe ser un arma de hegemonía, sino un espacio de equidad entre naciones y personas, sin importar su origen o ideología.

La pregunta final no es si Barry Pollack debería defender a Nicolás Maduro, sino si Occidente está dispuesto a sostener sus propios principios cuando estos entran en conflicto con sus intereses geopolíticos. La verdadera prueba del Estado de Derecho no es su capacidad para condenar, sino su voluntad de proteger incluso a quienes considera enemigos. Si la justicia pierde su ceguera, se vuelve parcial; si se vuelve parcial, deja de ser justicia. En ese sentido, la defensa de causas imposibles no es un acto de rebeldía, sino un acto de fidelidad al espíritu del derecho. La historia hispana, tantas veces marginada en los relatos globales, tiene mucho que aportar a este debate: una tradición jurídica que, desde las Siete Partidas hasta el derecho indianista, ha insistido en la dignidad humana como fundamento inquebrantable del orden legal.

La ceguera de la justicia no es una virtud circunstancial, sino la condición sine qua non de su existencia legítima. Defender a los enemigos declarados de Occidente no es una traición a los valores democráticos, sino su más alta expresión. Barry Pollack, en este contexto, no es un abogado de causas perdidas, sino un arquitecto de la coherencia ética del sistema. La historia nos enseña que los derechos humanos no son un regalo de los poderosos, sino un deber de los justos. Y en ese deber, incluso los acusados más odiados merecen —y deben recibir— la protección plena de la ley.


Referencias

Arendt, H. (1963). Eichmann in Jerusalem: A Report on the Banality of Evil. Viking Press.

Dicey, A. V. (1885). Introduction to the Study of the Law of the Constitution. Macmillan.

Foucault, M. (1975). Surveiller et punir: Naissance de la prison. Gallimard.

Hart, H. L. A. (1961). The Concept of Law. Oxford University Press.

Nino, C. S. (1996). Radical Evil on Trial. Yale University Press.


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